NOTA INFORMATIVA SOBRE LA PROPUESTA DE MODICACION DEL CONVENIO DE ACREEDORES DE ACUERDO A LA LEY 3/2020 DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Como continuación a las notas informativas anteriores, adjunto les actualizamos la información relativa al estado de la propuesta de modificación del Convenio de Acreedores.
Como ya conocen, el pasado día 12 de marzo IMASATEC, S.A. presentó en el Juzgado Mercantil nº 1 de Madrid propuesta de reajuste de nuestro Convenio conforme al artículo 3 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, para poder dar cumplimiento al mismo ajustando los desfases temporales de ingresos por las incidencias producidas por la situación actual del impacto del COVID-19, todo ello de acuerdo con en el Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 mayo que aprobó el texto refundido de la Ley Concursal.
Esta Propuesta de Modificación del Convenio de Acreedores no conlleva quita adicional alguna, sino un periodo de espera por los desajustes producidos en nuestros ingresos, de acuerdo al Plan de Viabilidad y Plan de Pagos presentado.
El pasado 16 de junio de 2021, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid admitió a trámite la solicitud de IMASATEC, S.A. de modificación del convenio concursal.
Como establecía la parte dispositiva del Auto, dimos traslado a todos nuestros Acreedores la documentación relativa a este reconvenio, solicitándoles su adhesión a dicha modificación, bien en escritura pública o bien mediante comparecencia en el Juzgado de lo Mercantil nº 1, terminándose el plazo para las mismas el pasado día 1 de septiembre de 2021.
El resultado provisional del cómputo de las adhesiones formuladas a 1 de septiembre fue favorable en un 75,11 % del monto total de la deuda calificada como Ordinaria, superando el porcentaje con el que se aprobó el Convenio originario del 2012.
El pasado 1 de diciembre de 2021, el Juzgado Mercantil de Madrid emitió diligencia de ordenación dándonos traslado de todos los escritos presentados por diferentes acreedores de IMASATEC, S.A. recogidos hasta el 1 de septiembre, y dentro del plazo de los 5 días siguientes se presentaron en dicho Juzgado nuestras alegaciones aclarando las distintas particularidades en cada caso, relativas a ajustes al alza o a la baja de los créditos pendientes, modificaciones en la titularidad de mismos, adhesiones u oposiciones realizadas en Juzgado y no en Notaría, etc.
El pasado 10 de febrero de 2022, el Juzgado Mercantil de Madrid emitió nueva diligencia de ordenación dándonos traslado nuevos escritos presentados por diferentes acreedores de IMASATEC, S.A. recogidos desde el 2 de noviembre. Nuevamente y dentro del plazo de los 5 días se presentaron en dicho Juzgado nuestras alegaciones aclarando las distintas particularidades en cada caso por la improcedencia de la personación, falta de acreditación del crédito solicitado, así como recurso de reposición en algún caso.
Al día de hoy seguimos a la espera que el Juzgado Mercantil nº 1 de Madrid resuelva las 35 alegaciones planteadas por los acreedores y contestadas en plazo y forma por IMASATEC, S.A., de las cuales solo 13 alegaciones reclaman modificación de cuantía económica, siendo el resto comunicaciones formales o fuera de plazo. En nuestra opinión, aunque el Juzgado pudiera resolver todas ellas incorporándolas en la masa pasiva de IMASATEC, S.A., el impacto sobre el total del crédito ordinario sería algo menos del 5% y puesto que se daría traslado a los acreedores que lo han solicitado la posibilidad de poder adherirse, podríamos estar en el mismo porcentaje actual, en el entorno del 75% de adhesiones a la propuesta de modificación del Convenio.
Agradecemos de nuevo a todos nuestros Acreedores que se han adherido por el apoyo recibido a la Propuesta y la renovación de la confianza que nos otorgaron en junio de 2012, y reiteramos nuestro compromiso en el Cumplimiento definitivo del convenio Modificado una vez que sea formalmente aprobado.
IMASATEC, S.A.